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La Fiscalía mantendrá sus acciones preventivas contra el terrorismo islamista
09-10-2008 08:52:17
La Fiscalía de la Audiencia Nacional mantendrá su criterio de perseguir de forma preventiva el terrorismo islamista a pesar de la sentencia dictada ayer por el Tribunal Supremo (TS), que absolvió a 14 de los 20 condenados por este tribunal como resultado de la denominada 'Operación Nova'.

   Fuentes fiscales expresaron hoy su malestar por la sentencia del alto tribunal y aseguraron que el Ministerio Público no se plantea ningún cambio de criterio a la hora de perseguir este tipo de actividades terroristas, al entender que el objetivo principal de su actuación debe ser evitar atentados en los que pueda haber víctimas.

   "No vamos a tirar la toalla, vamos a seguir trabajando aunque quizá haya algún ajuste y quizá se mejoren las investigaciones", apuntaron las fuentes consultadas, que destacaron la necesidad de dar "una respuesta penal anticipada" para responder judicialmente a la amenaza del terrorismo islamista. "El objetivo es cortar por lo sano en vez de esperar que haya una tragedia", subrayaron.

   A este respecto, la Memoria de la Fiscalía General del Estado, presentada en septiembre con motivo de la Apertura del Nuevo Año Judicial, resaltaba que "resulta obvio que la lucha contra el terrorismo desde la perspectiva judicial tiene como objetivo prioritario prevenir y evitar atentados criminales".

   No obstante, las fuentes consultadas dijeron compartir la preocupación expresada por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado a raíz de esta sentencia, aunque pusieron de relieve la necesidad de seguir trabajando en la misma línea. Según informaron a Europa Press fuentes de los Servicios de Información, la sentencia absolutoria ha causado "alegría" y "mofa" entre islamistas radicales controlados por la policía.

   VALIDEZ DE LAS PRUEBAS

   En este sentido, la Fiscalía cree que las absoluciones contenidas en la sentencia del Supremo, de la que ayer sólo se adelantó el fallo, se deben a que el tribunal no ha dado validez a las pruebas valoradas por la Audiencia Nacional y no a un cambio de doctrina según el cual la pertenencia a organización terrorista exigiría haber pasado a la acción para la comisión de atentados, tal y como recogía la sentencia del 11-M.

   Desde el departamento dirigido por Javier Zaragoza también se recuerda que el Supremo ha avalado mediante su jurisprudencia que el apoyo ideológico, la captación y el adoctrinamiento son indicios suficientes para dictar una condena por  integración en organización terrorista.

   Recuerdan en este sentido que el alto tribunal asumió este criterio en sentencias como las de Jarrai (enero de 2007); el argelino Ahmed Brahim, condenado en marzo de 2007 por intentar crear una página web para difundir "fatwas" (decretos islámicos); o el etarra Eugenio Etxebeste, 'Antxon', al que se impusieron diez años de cárcel en julio de 2002 por "guiar, argumentar, justificar e incentivar la actividad terrorista en España".

   También hicieron hincapié en la conveniencia de tipificar como delito autónomo la financiación de organizaciones terroristas, reivindicación contenida en la Memoria de la Fiscalía, y perseguir "las conductas antecedentes e instrumentales que constituyen el soporte, la infraestructura y la cobertura imprescindible de sus últimos objetivos criminales".

 
 
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