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El TSJB rechaza el indulto solicitado por Vicens debido a que sus delitos afectan al sistema jurídico-político

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La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) ha emitido este miércoles un informe no vinculante, que es desfavorable a la petición de indulto formulada por el ex consejero de Territorio del Consejo de Mallorca y ex parlamentario de UM, Bartomeu Vicens, alegando que los delitos cometidos afectan "gravemente al prestigio, credibilidad y funcionamiento de nuestro sistema jurídico-político y suscitan fuerte indignación social".

Además, rechaza la petición de Vicens, debido a que, según recuerda, el condenado se halla imputado actualmente en una pluralidad de causas judiciales por hechos presuntamente delictivos también relacionados con el ejercicio de funciones públicas, de una de las cuales el presente proceso ha sido pieza separada.

Por otro lado, la Sala del TSJB aduce para oponerse al indulto de Vicens que "no se aprecia en el caso la concurrencia de dilaciones indebidas de ninguna clase".

Por estas tres razones, el Tribunal "haciendo suyo el argumentado parecer del Ministerio Fiscal, considera que no existen razones atendibles de ningún orden que justifiquen eximir a Vicens de que cumpla en su totalidad la pena de privación de libertad que le ha sido impuesta".

Tras emitir este informe, la Sala remitirá el expediente sobre la petición de indulto al Ministerio de Justicia, que deberá a su vez elevar su propuesta al Consejo de Ministros. Dicho expediente contiene, además del informe preceptivo de la Sala, la sentencia firme del Supremo, la petición de indulto y el informe de la Fiscalía.

Por otro lado, la Sala ha dictado también una providencia en la que resuelve que no procede suspender la ejecución de la pena privativa de libertad de Bartomeu Vicens hasta la resolución definitiva de la petición de indulto. La Sala argumenta que los plazos en los que es previsible que el Consejo de Ministros decida sobre la medida de gracia permitirán que ésta tenga efectividad, en caso de ser concedida.

Vicens solicitó su indulto, después de que el pasado 6 de julio, ingresara en la Prisión Provincial de Palma, tras ser condenado un día antes por el Tribunal Supremo a tres años de cárcel y seis meses de inhabilitación absoluta por el delito de malversación de caudales públicos en el caso Son Oms.

Mientras, por el delito de prevaricación se estableció contra Vicens la pena de siete años de inhabilitación especial para el empleo o cargo público o cualesquiera otros cargos públicos que impliquen el control o disposición de caudales públicos.

Cabe recordar que el Tribunal Superior de Justicia condenó a Vicens por pagar con fondos públicos a su contable Tomás Martín al que encargó un estudio inmobiliario sobre el valor del suelo en la isla, informe que el tribunal consideró innecesario y que Martín plagió de Internet.

El Supremo anula parcialmente la sentencia de diciembre de 2009 para decretar la absolución de Nicolau, al entender que "no puede considerarse suficientemente probado" que en el momento de emitir el informe al que se refieren los hechos el ex director general supiera que la decisión de contratar a Martín "nada tenía que ver con el objeto" del estudio, sino que estaba guiada por el "deseo de retribuir los servicios privados prestados al ex consejero con fondos públicos.

 
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